Luego de intensas negociaciones que se vieron complicadas por la dificultosa comunicación debido las restricciones de la pandemia, hemos logrado cerrar un nuevo convenio con la O.S.S.S.B (OBRAS SOCIAL DE SERVICIOS BANCARIOS).
Este convenio está formalizado a través de la Gerenciadora APPSI S.R.L.
CONDICIONES GENERALES
PRESTACIONES – CÓDIGOS – ARANCELES – CO PAGOS
PRESTACIÓN |
CÓDIGO |
ARANCELES |
CO PAGOS (SEGÚN PLAN) |
|
Plan 100 |
Otros planes |
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ADMISIÓN |
33.02.01 |
855 $ |
200 $ |
130 $ |
PSICOTERAPIA INDIVIDUAL |
33.01.01 |
855 $ |
200 $ |
130 $ |
PSICOTERAPIA GRUPAL |
33.01.02 |
350 $ |
200 $ |
130 $ |
ENTREVISTA FAMILIAR |
33.01.03 |
1400 $ |
200 $ |
130 $ |
ENTREVISTA VÍNCULAR |
33.01.04 |
1400 $ |
200 $ |
130 $ |
PSICODIAGNÓSTICO |
33.01.12 |
3000 $ |
200 $ |
130 $ |
Los co pagos los debe abonar el Afiliado al Profesional en el consultorio, el profesional debe extender una factura por el concepto de Co pago (se puede confeccionar una sola factura conteniendo todos los copagos del mes).
La diferencia entre el copago y el arancel es lo que la Obra Social/Gerenciadora le abona al profesional a través del CoPER.
Ejemplo:
Prestación |
El paciente abona 200 $ en el consultorio |
La Gerenciadora abona 655 $ en el CoPER |
Arancel total 855 $ |
Psicoterapia Individual |
Muy importante - Modalidad de operatoria
Todas las solicitudes de atención profesional a afiliados a la O.S.S.S.B (OBRAS SOCIAL DE SERVICIOS BANCARIOS) deberán ser autorizadas y registradas previamente a través del 0810 345 5001 que es el CALL CENTER de APPSI. La solicitud de autorización es al inicio del tratamiento.
Sin el registro y autorización a través del sistema APPSI las prestaciones no tendrán el respaldo de sistema APPSÍ y no se considerarán para la facturación correspondiente.
A modo de resumen
1º El paciente solicita su atención.
2º El profesional se contacta con APPSI al 0810 345 5001 y solicita la autorización y registra el tratamiento, para esto tendrá que brindar los datos del paciente.
3º APPSI enviará un mail conteniendo la autorización y el registro del tratamiento, sin este mail el profesional no podrá iniciar el tratamiento.
4º El profesional deberá completar la Orden de atención APPSI y hacerla firmar en cada atención del paciente y luego presentarla en el CoPER como respaldo de la tarea realizada.
La Orden de atención APPSI se puede descargar en el siguiente link: descargar orden que se encuentra en sitio web del CoPER en la sección SAPPER / Archivos para descargar
Este convenio ya se encuentra operativo.
En relación al padrón están inscriptos provisoriamente todos los colegas que participan del SAPPER para que en el término de 3 meses quede un padrón final de consulta efectiva organizado por la Comisión de Gestión del SAPPER.