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Modificaciones en las operatorias OSPIM ENSALUD

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Desde APPSI S.R.L. prestadora de Servicios de ENSALUD S.A. que gerencia a la Obra Social de la Industria Molinera (OSPIM), a través de ENSALUD SA nos informan que, desde el 1 de febrero 2021 se solicita implementar la siguiente operatoria para gestionar las autorizaciones y otras instancias administrativas para poder brindar los tratamientos y prestaciones profesionales.

  1. Es indispensable que todo afiliado de OSPIM – ENSALUD  que se encuentre en tratamiento o inicie el mismo, se comunique con el 0810 – 345 – 5001 (APPSI SRL) a fin de registrar la solicitud del tratamiento en Salud Mental.
  2. A partir de dicho registro, desde el área de Atención al Beneficiario de APPSI S.R.L derivarán al paciente al Profesional elegido por el afiliado.
  3. El profesional recibirá, desde APPSI, un correo electrónico con los datos del paciente que le ha sido derivado. El correo recibido por el profesional, corresponde a la AUTORIZACIÓN de APPSI para el inicio o continuidad del tratamiento y contendrá, además de los datos de filiación, la cantidad de sesiones autorizadas. Una vez agotadas las sesiones del 1er módulo de sesiones, el paciente deberá comunicarse nuevamente con el 0810 – 345 – 5001 con el fin de solicitar la continuidad del tratamiento.

Los profesionales deberán esperar la DERIVACIÓN – AUTORIZACIÓN desde APPSI SRL (SIN EXCEPCIÓN) para iniciar el tratamiento. Las prestaciones que no sean autorizadas por APPSI, vía mail, no se considerarán válidas.

En caso de recepcionar vía mail o de forma física, una autorización con remitente ENSALUD u OSPIM, por favor orientar a el afiliado al 0810 345 5001 de APPSI, para gestionar el envío de la autorización y derivación con el profesional elegido, por esa vía. 

En relación a las prestaciones ya realizadas, la Gerenciadora APPSI se encargará de auditar telefónicamente si las prácticas fueron realizadas.

Fuente: Secretaría Gremial

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