Institucionales

Nota de la FEPRA enviada a la Superintendencia de Salud

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Compartimos una nota enviada por la Federación de Psicólogos de la República Argentina a la Superintendencia de Salud de la Nación, dónde se solicita garantizar los derechos de los/as Usuarios/as a las prestaciones de salud, arbitrando los medios idóneos para que se cumplan las condiciones de atención remota y presencial, tal como lo requieren la situación y la normativa actual.

CARTA A LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

La Federación de Psicólogos de la República Argentina se dirige a Ud. a los fines de solicitar que en su función de regular y controlar a las Obras Sociales Nacionales y Entidades de Medicina Prepaga para garantizar los derechos de los/as Usuarios/as a las prestaciones de salud, la Superintendencia arbitre los medios idóneos para que se cumplan las condiciones de atención remota y presencial, tal como lo requieren la situación y la normativa actual.

Lamentablemente tenemos que informarle que algunas Obras Sociales y Prepagas -no todas- en lugar de ser un medio para hacer posible y facilitar el acceso al Acto Clínico, son verdaderos obstáculos, y ello por razones ajenas a la esencia misma del derecho a la salud. Ya sea por falta de comprensión de lo que implica la relación entre profesional de la salud y paciente o usuario/a, ya sea por razones económicas o de cualquier otro orden, pero cualquiera sea la razón, constituye un incumplimiento de las disposiciones vigentes.

Sabido es que las normativas emitidas por las autoridades nacionales y provinciales competentes impusieron el ASPO como medio para regular la situación sanitaria del país, lo que introdujo en las prácticas relativas a la salud la atención remota, cuando era posible, en alguna profesión o especialidad, tal como lo es en la Psicología. Ante esta disposición algunas O.S. y Prepagas negaron la cobertura a dicha práctica no presencial o le asignaron un arancel inferior a la práctica presencial o solicitaron una conformidad física -firma del paciente- imposible de obtener en una práctica remota. Otras, han solicitado captura de pantallas del momento en que se desarrolla el acto clínico, lo que constituye un exceso de interferencia en la práctica, reñido con la ética y confidencialidad que exige nuestra profesión.

Superado el ASPO en algunos territorios de nuestro país y en vigencia de la Distancia Social Preventiva y Obligatoria, algunas OS y Prepagas anuncian que ya no autorizan la práctica remota.

Esta posición, en lugar de reducir la cantidad de encuentros presenciales a lo imprescindible, de modo de colaborar con toda la comunidad en la circulación controlada del virus, se presenta como un mensaje contrario al pedido de los gobiernos de “Quédese en casa”. Además, desconoce que un amplio margen de la población (tanto beneficiarios/as como prestadores/as) son población de riesgo y deben continuar con aislamiento.

Por todo lo expuesto anteriormente estamos en condiciones de afirmar que los derechos de los Usuarios/as a las prestaciones de salud se encuentran seriamente vulnerados. Por otra parte, remarcamos que en tanto prestadores/as de salud independientes somos trabajadores/as que asisten a trabajadores/as, es por eso que solicitamos la intervención y la regulación de la Superintendencia en la relación entre los/as Psicólogos/as y las Obras Sociales y Prepagas.

En la función de garantizar los derechos de los Usuarios/as a las prestaciones de salud, no se deben desconocer las condiciones de trabajo de los/as prestadores/as. Entendemos que las OS y Prepagas deben cumplir condiciones mínimas sin precarizar al trabajador/a/prestador/a de la salud. Garantizar las prestaciones para la atención presencial y remota manteniendo el arancel establecido para la misma práctica, No imponer plataforma -que debe ser elegida por usuario/a y prestador/a según el caso- y que las OS y Prepagas instrumenten medios técnicos necesarios para que el/la afiliado/a pueda dar conformidad de la práctica en forma remota (Token, mails, etc.) así como que la facturación pueda realizarse online.

Sin más y a la espera de su respuesta, saludamos atte.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de Agosto del 2020

Ps. Nilde Cambiaso                 Lic. José Muñoz
Secretaria  Gral.                        Presidente

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