Estimada/os colegas:
En virtud de la resolución 170 de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas y que en su artículo 1 dice “autorizar la celebración de reuniones y asambleas con presencia física de socios en función de los protocolos de distanciamiento” es que la Asamblea Anual Ordinaria se desarrollará de manera presencial.
Si bien su concurrencia según nuestra ley es de carácter obligatorio, en esta oportunidad y atendiendo a la situación sanitaria actual, este Consejo Directivo ha resuelto el no cobro de multa por inasistencia.
Porque entendemos, acordamos y escuchamos a nuestros colegas del interior que solicitan que la misma se haga de manera virtual, es que se realizará la moción pertinente en el ámbito asambleario para que la posibilidad de lo virtual y/o bimodal quede ya aprobado por la misma para una próxima asamblea ordinaria y/o extraordinaria, donde se garantice la participación y la posibilidad de votación correspondiente.
Muchas gracias por la comprensión y seguimos trabajando para el colectivo y escuchando las solicitudes pertinentes.
Saludos atentamente.
Consejo Directivo